NUEVA NORMA DE CONTAMINACIÓN LUMÍNICA

(D.S. N°1/2022 MMA)

A partir del 19 de octubre del 2024, comenzó a regir la Nueva Norma de contaminación Lumínica por el Ministerio del Medio Ambiente de Chile, publicada el 19 de octubre del 2023. Esta norma indica la protección de los cielos en todo el territorio nacional, destacando la incorporación de dos áreas de protección especial.

“Áreas Astronómicas” y “Áreas de Protección de la Biodiversidad”.

Nueva Norma Lumínica (D.S. N°1/2022 MMA) Áreas astronómicas y Áreas de protección a la biodiversidad

La nueva norma lumínica, DS1/2022 MMA, protege la biodiversidad y la salud humana, reduce la luz azul y extiende su aplicación a todo el país, creando dos zonas de “Protección Especial”, manteniendo en ambas una restricción del 1% de luz azul en Áreas Astronómicas y Áreas de Protección de la Biodiversidad. Para el resto de Chile la luz azul se reduce al 7%.

Áreas Astronómicas: 
El año 2019, se dictó la Ley N° 21.162, que introdujo el concepto de “áreas con valor para la observación astronómica con fines de investigación científica” o “Áreas Astronómicas”, con el objetivo de fortalecer aún más la protección de la contaminación lumínica de las zonas circundantes a los centros astronómicos científicos, se dictan estrictas regulaciones de luz azul en 29 comunas de tres regiones del país y se establecen dos parametros de identificación geográfica.

Comunas lejanas: Se encuentran a una distancia igual o superior de 100km de un sitio astronómico.
Comunas cercanas: Se encuentran a menos de 100km de un sitio astronómico.

Áreas de protección a la biodiversidad:
La nueva Norma limita la luz en áreas de protección especial para especies amenazadas, estableciendo medidas adicionales en Planes RECOGE para conservar y proteger especies afectadas por la contaminación lumínica, como la Golondrina Negra de Mar en el Norte de Chile y la Fardela Negra.

 

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